Luego de que se recaudaron más de mil 600 millones por el programa de canje de placas de vehículos automotores, la Secretaría de Finanzas y Planeación planteó un nuevo programa para regular el pago de impuestos a la hacienda estatal.

Ahora busca que los empresarios se pongan al corriente con el pago del impuesto de la nómina, al condonar el pago de multas y recargos por el atraso en el gravamen.

Según el padrón de la Secretaría de Finanzas y Planeación 95 mil 826 empresarios deben pagar el impuesto a la nómina. De esos 36 mil 79 están al corriente, y los otros 59 mil 747 le deben a la tesorería estatal.

Este miércoles 31 de agosto se publicó en la Gaceta Oficial el decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a personas físicas, morales, publicas o privadas respecto del pago de adeudos del impuesto a la nómina.

El acuerdo determina que se subsidiará el 100% de las multas, recargos y actualizaciones del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, por los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, a personas físicas o morales, públicas o privadas inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes.

El descuento se aplicará siempre y cuando se realice el pago del impuesto por los ejercicios fiscales omitidos dentro del plazo comprendido del 01 de septiembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre del 2022; o bien se solicite la autorización para pagar los adeudos omitidos en parcialidades o diferidos.

No se otorgará descuento alguno si el empresario inició algún proceso ante Autoridades Administrativas o Jurisdiccionales; por lo que, en caso de que los contribuyentes decidan adherirse a “Los Beneficios”, deberán desistirse previamente del medio de defensa que hubiesen promovido.

¿Qué deben hacer los empresarios para obtener el beneficio?

1.- Ingresar a la página www.ovh.gob.mx

2.- Seleccionar la opción de adherirse a los beneficios fiscales del decreto “Los Beneficios”, digitando los periodos y ejercicios que debe cubrir para ponerse al corriente con sus obligaciones fiscales.

3.- Efectuar el pago a través de los medios y en las Instituciones Bancarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado, antes del 31 de diciembre.

4.- Una vez transcurridos 5 días hábiles posteriores al pago, deberá ingresar nuevamente al portal www.ovh.gob.mx en la sección de impresión de comprobantes de pago de “Los Beneficios” para imprimir el recibo oficial de pago, que servirá como resolución favorable.

5.- Dentro del mismo plazo deberán de presentar escrito ante la Secretaría de Finanzas y Planeación o en su defecto ante la Oficina de Hacienda que corresponda a su circunscripción territorial más cercana a su domicilio fiscal, manifestando su adhesión al Decreto, mencionando el número de oficio mediante el cual le fue determinado el crédito fiscal, acompañándolo de: identificación oficial (persona física), copia documento que acredite la representación legal (persona moral) y Recibo Oficial de pago.

AVC

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