Restan 17 días naturales para que venza el plazo para la interposición de un recurso de inconstitucionalidad en contra de la reforma al Código Penal en material de ultrajes a la libertad y delitos contra las instituciones públicas aprobado por la mayoría en el Congreso de Veracruz tras la iniciativa del gobernador Cuitláhuac García Jiménez.

Al menos ocho organizaciones de la sociedad civil, académicos de la UV y UNAM, así como abogados, advirtieron que es urgente que la tercera parte de los legisladores en Veracruz, la Comisión Estatal de Derechos Humanos o el propio Ejecutivo promuevan esta acción para derogar la reforma por contravenir estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos y propicia la criminalización de la protesta social, el disenso y el libre ejercicio de la libertad de expresión.

Académicos de la Facultad Derecho de la UV señalan que la redacción resulta vaga e imprecisa, carente de toda técnica legislativa, que provocará una interpretación indebida o arbitraria, tanto por los operadores de investigación, o por autoridades judiciales.

A ello se suma que organizaciones como Artículo 19 han documentado casos en que el tipo penal de ultrajes a la autoridad se ha usado para restringir la labor periodística, el ejercicio de la protesta y el derecho a la libertad de expresión, por lo que la reforma posibilita el uso arbitrario de este tipo penal no solo contra la labor periodística sino contra cualquier personas.

Tan solo de 2009 a 2020 Artículo 19 documentó 491 agresiones contra la prensa en Veracruz, colocándola en la segunda entidad más violenta contra la prensa, tan solo por debajo de la Ciudad de México y es el estado donde se han asesinado a más periodistas en el país con un total de 30.

“Se ha creado una legislación penal que faculta a las autoridades a cometer mayores arbitrariedades, violaciones a derechos humanos y dejando un amplio margen de discrecionalidad e interpretación para la aplicación de la ley penal”, señaló Adriana Fuentes, integrante de la organización Equifonía AC.

Qué dice la ley

La ley establece que se impondrá de seis meses a dos años de prisión y multas de 10 a 40 veces el valor e UMA a quien amenace o agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas.

Y se le aplicará al responsable de este delito, además de las sanciones anteriores de 5 a 7 años de prisión cuando se actualicen cualquiera de los siguientes supuestos: Se realice por una o más personas armadas o portando instrumentos peligrosos, se realice pro medio de cualquier tipo de violencia contra la víctima, que el sujeto activo manifieste ser miembro de una pandilla, asociación delictuosa, o de la delincuencia organizada, real o ficticia o que por cualquier medio manifieste la intervención de estos grupos en la comisión del delito o que se realice a través de cualquier otra circunstancia que disminuya las posibilidades de defensa, protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o desventaja.

Además, se impondrá de 7 a 15 años de prisión y multas de 400 a 800 UMAS a quien amenace o agreda a algún integrante de alguna institución de seguridad pública o estatal en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, de tal manera que en razón de la arma empleada, la fuerza o destreza del agresor pueda producirle como resultado lesiones o muerte.

Qué exigen

Lar organizaciones demandaron al gobernador Cuitláhuac García Jiménez y a los diputados del Congreso de Veracruz derogar el tipo penal de ultrajes a la autoridad y delitos contra instituciones de seguridad pública, cumplir con el principio de legalidad al legislar en lo presente y futuro cualquier tipo penal con la finalidad de que se describa de forma clara, sin vaguedades o imprecisiones, que permita la arbitrariedad o interpretación en su amplio por los operadores del sistema de justicia penal.

A la Comisión Estatal de Derechos Humanos y los diputados locales presentar con base en sus atribuciones la acción de inconstitucionalidad en tiempo y forma contra el decreto 848 y que se permita y genere un diálogo abierto y respetuoso a través de un modelo de parlamento abierto en el que se escuche a la sociedad civil y academia para que sean coadyuvantes en la discusión de esta reforma.

Los especialistas advierten que en caso de no atender sus demandas podrían recurrir a instancias federales o internacionales, aunque reconocen que los proceso son tardamos y estos no incluyen algún n procedimiento administrativo o penal contra los diputados que aprobaron la reforma “por no saber legislar”.

“Este dicho de 99 por ciento de honestidad y uno por ciento de capacidad nos está costando muchísimo a los mexicanos a y no debe continuar, la exigencia es a raíz de participación ciudadana” señalan.

Qué está en juego

La académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana (UV), Sidney Ernestina Marcos Escobar, indicó que las reformas al artículo 331 del Código Penal es ambigua e imprecisa, lo cual da pauta para que no solamente sean los policías quienes hagan uso de este delito de ultrajes a la autoridad sino cualquier servidor público, lo cual significaría incluso cárcel para periodistas y ciudadanos en general.

Ante ello, señaló que el desglose del tipo penal de ultrajes a la autoridad establece que quien amenaza o agreda a un servidor público será motivo de este tipo pena, pero en el desglose dice que cuando se realice por cualquier tipo de violencia, lo cual significa que no hay una precisión de qué tipo de violencia y se puede hablar de física, psicológica, moral. Advirtió que en el caso de los periodistas se corre el riesgo de que al hacer una entrevista o un trabajo los funcionarios puedan señalar que hubo la comisión de este delito y que por tanto puedan usarlo como una forma de inhibir el trabajo periodístico

“Al hacer una entrevista a un funcionario y hay empujones de pronto pudiese estar actualizando esta acción que se sanciona en el artículo 331. Parece que el funcionario estaría detrás de vallas para no recibir confrontación para que no le vaya a a dañar su condición psicológica por su pregunta y vaya a decir que incluso no puede dormir“, criticó.

Consideró que los ciudadanos también resultarán afectados porque podrían incrementarse los casos de abusos policiales durante inspecciones policiacas, a pesar de que estas solo se permiten en casos de un hecho delictivo en flagrancia.

Recordó que la inspección de personas solo se justifica para casos en los que probablemente hay una participación en hecho flagrante y que es la única justificación por la cual un policía en persecución puede solicitarle a alguien una inspección a una persona y se debe realizar con respeto a la dignidad humana, “no se puede pedirle desnudarse ni someterse a tocamientos”.

“Si no hay una revisión de personas informada es un acto ilícito y hay que difundirlo, la ciudadanía lo debe saber porque ante esa temeridad con la que se miran a las policías no se somete a las inspecciones e incluso se confrontan. Estamos ante un clima e inseguridad jurídica porque si la persona se niega quedará registrado lo que el policía asiente en el informe homologado, y basta con una mera probabilidad (de delito) para que el caso llegue a un control judicial”.

Abusos policiacos

Previamente, académicos de la UV han señalado que la reforma da pie a casos de abuso policiaco pues la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) es la segunda dependencia del Poder Ejecutivo con más recomendaciones por parte de la CEDH en 2020 solo por debajo de la Fiscalía General de Veracruz, pues de las 173 recomendaciones emitidas son 26 contra la SSP.

La mayoría de estas recomendaciones relacionada con detenciones injustificada o tortura y la CEDH señala que el 2020 es el año con mayor número de recomendaciones desde 2011. La CNDH advierte que Veracruz es segundo lugar por recomendaciones por abusos policiacos con 129 solo por debajo de Guanajuato.

La coordinadora de documentación en Artículo 19, Itzia Miravete, señaló que elevar las sanciones privativas de la libertad y modificar de manera tan ambigua el tipo penal generará una mayor arbitrariedad y violación a los derechos humanos.

“No protege a los ciudadanos y mucho menos a los policías, genera una brecha de discrecionalidad que operará en contra de la ciudadanía. Vemos que a quien se pone en riesgo es a la ciudadanía y si quisiera facilitar el trabajo de corporaciones policiacas tendrían que impulsar otras acciones con enfoque preventivo, como la capacitación de cuerpos policiales para realizar su labor de manera correcta”.

Por ello insistió en que se debe abrogar el tipo penal y que el Estado garantice el derecho a la libertad de expresión y protesta, dado que con la reforma el tipo penal inhibe el debate público y las expresiones sociales.

“Veracruz es uno de los estados con mayor cantidad de desapariciones forzadas, cometidas por le estado y si se suma que los policías pueden detener a una persona el riesgo de que se signa cometiendo este tipo de violaciones a los derechos humanos aumenta”.

Lo anterior debido a que el delito de ultrajes a la autoridad podría justificarse desde un intercambio de palabras hasta “lo que no le guste a un servidor público”, y recordó la detención del reportero de Foro Tuxpan, Antonio de Marco Arango, durante su cobertura a un operativo policiaco.

Entre las organizaciones firmantes se encuentran Artículo 19, Colectivo Akelarre, Colectivo, Madrágora, Equifonía, Grupo de Trabajo, Gestión Social y Ciudadanía, Académicos de la UV , Matraca, Programa Universitario de Bioética de la UNAM y el Centro de Servicios “Heriberto Jara”, entre otros.

AVC/Perla Sandoval

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