Los hechos documentados por Derechos Humanos ocurrieron el primero de noviembre de 2018, a las 5 de la madrugada, cuando efectivos de la Policía Municipal abrieron fuego contra los dos profesionistas afuera de su domicilio en colonia Electricistas de Orizaba.
En la resolución, emitida el pasado 9 de septiembre de 2020, la CEDH igual determinó que el Ayuntamiento de Orizaba no inició una investigación interna derivada de los hechos y por lo tanto violó el derecho a la seguridad jurídica de las víctimas.
Por medio de la recomendación 152/20, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) acreditó la violación del derecho a la vida en contra de los hermanos Román y Ernesto Pérez, docente de 31 años y odontólogo de 33 años de edad, respectivamente, presuntamente ejecutados por la Policía Municipal de Orizaba en noviembre de 2018
Sin embargo, la recomendación de Derechos Humanos advierte de la probable alteración de la escena del crimen y una posible equivocación de los gendarmes municipales al momento de atacar a Román, posiblemente confundido con un delincuente esa madrugada en Orizaba.
Casi un año después, Derechos Humanos determinó que la Policía Municipal disparó de manera injustificada contra los hermanos Román y Ernesto y de igual forma, los elementos negaron proporcionar auxilio a la madre de las víctimas, quien pidió una ambulancia para socorrer a sus hijos.
“La autoridad no probó que la persecución y el uso de la fuerza letal contra las víctimas estuviera justificado”, determinó la CEDH.
Además, la defensoría alerta que, aunque los policías municipales de Orizaba, Abraham «N», Jesús «N», Jaime «N», Álvaro «N», Marco Antonio «N» y Pedro «N” fueron vinculados a proceso por el delito de homicidio doloso, hasta el momento no han declarado en torno a los hechos.
La carpeta de investigación refiere además que los involucrados dieron positivos para plomo y bario en ambas manos, es decir, sí detonaron armas de fuego contra Román y Ernesto.
El dictamen determinó a la vez que uno de los proyectiles localizados en el cuerpo de uno de los hermanos (Román) correspondía a un arma de fuego bajo resguardo de uno de los agentes; sin embargo, la CEDH advierte que en el caso de los proyectiles retirados de Ernesto «no fue posible contar con la información suficiente para determinar la marca, calibre y tipo de arma que realizó tal disparo».
A la vez, la recomendación de Derechos Humanos observa que en ningún caso se reportó un policía herido, a pesar que tras el tiroteo uno de los agentes les dijo a los padres de las dos víctimas que sí había un oficial lesionado.