Frecuentemente me he preguntado qué pensarán y, sobre todo, sentirán, los padres, hijos o hermanos de las víctimas por homicidio, ejecución, o por feminicidio, cuyas imágenes, todos los días nos recetan los medios impresos y digitales de comunicación. Como papá no podría soportar el dolor de verlo ni la indignación de que los medios lo publiquen.
Pienso mucho en la mamá del muchacho de Colima y me pregunto si habrá podido ver el video cuando, durante un simple robo a una tienda, los asaltantes ejecutan a su hijo; o los papás de las niñas Grecia y Nefertiti ante las fotos donde ellas están desangrándose frente a la policía que aparentemente las acribilló; o el esposo e hijos de una mujer decapitada por sus secuestradores.
Mi respuesta, entre otras, es que ni los familiares ni nosotros como sociedad merecemos estar viendo esas imágenes. Esas imágenes y videos no agregan nada al derecho a la información de los ciudadanos y, por el contrario, abonan a una cultura de la violencia y el morbo, así como distorsionan el derecho a la libertad de expresión.
Recientemente la Presidenta de la Comisión Estatal de Atención y Protección de Periodistas (CEAPP) se rasgó las vestiduras por un reforma legal al código penal para penalizar a servidores públicos que filtren imágenes de personas fallecidas, argumentando que su publicación por medios de comunicación iría en contra del derecho a la libertad de expresión de los periodistas y el derechos a la información de los ciudadanos.
Sin querer entrar en polémica con una institución desdibujada, improductiva y perdida en sus funciones y propósitos, el tema es relevante porque nos abre nuevamente la oportunidad de visibilizar los derechos de las víctimas y de ponderar derechos humanos de las personas.
Desde luego el derecho de libertad de expresión es uno de los derechos fundamentales y generadores de otros derechos, y además es uno de los derechos pilares de la vida democrática de una sociedad. Sin embargo, la libertad de expresión no es un derecho que esté por encima del principio central de la dignidad de la persona humana.
A partir del principio de la dignidad de la persona derivan otros principios y derechos y uno de ellos es la protección a la vida privada, el honor y la propia imagen e intimidad de cualquier persona, o por ejemplo, el principio del interés superior de la niñez, entre otros.
Como sabemos los muertos ya no están ahí para defender su propio derecho a la imagen, pero están sus familiares quienes también son víctimas. Pero más allá de que los familiares puedan ejercer sus derechos una vez publicada una imagen, está el tema de que el Estado y la sociedad deben acatar lo que señalan los tratados y convenciones internacionales e interamericanas de derechos humanos cuando se habla de los derechos de las víctimas, en específico los principios de las Naciones Unidas sobre los derechos de las víctimas.
En México también contamos con una legislación de vanguardia sobre los derechos de las víctimas, y aunque ahí no se expone directa o expresamente el tema de las imágenes y su publicación, sí podemos inferir o interpretar estos principios, derechos y marcos jurídicos.
En ese contexto, tenemos todavía que trabajar en la legislación para eliminar la publicación de imágenes de personas víctimas (al igual que las de los presuntos responsables de delitos, respetando el principio de presunción de inocencia, dicho sea de paso). Mi punto de vista es que los derechos de libertad de expresión y de acceso a la información no pueden estar por encima del principio de la dignidad de las personas ni de los derechos de las víctimas a un trato digno y humano.
Esta discusión cruza por lo que es el interés público cuando una noticia o imagen puede ser de los ciudadanos porque les afecta en colectividad o bien es sólo de curiosidad pública que muchas veces sólo cae en el morbo o en la persecución comercial de mayores ventas.
El ejercicio de la libertad de expresión no será legítimo cuando viola sin causa un derecho ajeno al derecho a la información o interés social. Los medios de comunicación incurren en excesos y causan daño a los derechos de las personas, de las víctimas y de sus familiares de manera irresponsable, mercantil, denigrante, indigna, cuando publican imágenes o videos que muestran ejecuciones, muertos, hijos, hijas, hermanos, hermanas, padres, de alguien, de cualquiera de nosotros.