Las Capitulaciones de Santa Fe representan la piedra angular del descubrimiento de América y del origen de las instituciones jurídico-políticas del nuevo mundo, afirmó Rafael Diego Fernández Sotelo, profesor-investigador de El Colegio de Michoacán (Colmich), al dictar la conferencia “Los títulos jurídicos del descubrimiento de América”.

La charla tuvo lugar el viernes 29 de marzo en el Auditorio “Gonzalo Aguirre Beltrán” del Instituto de Investigaciones Histórico-Sociales (IIH-S) de la Universidad Veracruzana (UV). Fue moderada por el investigador Luis Juventino García Ruiz, coordinador del Doctorado en Historia y Estudios Regionales de dicha entidad académica.

Mencionó que la raíz de la historia de las instituciones jurídico-políticas del nuevo mundo está en las figuras claves: las capitulaciones del descubrimiento, Conquista, nueva población y pacificación; “estos documentos serán hilo conductor de la historia político-institucional de la América”.

Explicó que las capitulaciones eran contratos celebrados entre particulares y los reyes, divididos en capítulos, de ahí el nombre. Los particulares aportaban los navíos y la gente porque la Corona no contaba con los recursos suficientes para emprender el viaje, pero en caso de que las exploraciones fueran exitosas obtenían privilegios sobre lo descubierto.

Contó que, para emprender el viaje al lejano Oriente, Cristóbal Colón negoció con los Reyes Católicos de España, Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla, durante siete años, ya que los asesores de los soberanos afirmaban que no era posible llegar a China y Japón.

“Los asesores de los reyes tenían clara la distancia entre la península ibérica y Japón, por ello pensaban que no había nave que aguantara el viaje ni los recursos suficientes, pensaban que se morirían de hambre y de sed a mitad del camino, por ello la negociación tardó siete años.”

Subrayó que las Capitulaciones de Santa Fe es la piedra angular del descubrimiento de América, ya que en ellas aparecen las primeras instituciones importantes para el nuevo mundo: almirante de la mar océano, virrey y gobernador.

Describió que se trata de una hoja tamaño carta escrita por un solo lado, en la que están plasmadas las condiciones expuestas por Colón a los reyes sobre la expedición hacia Oriente y son cinco las cláusulas: 1) Título vitalicio y hereditario de almirante de la mar océano para él, sus herederos y descendientes; 2) Título de virrey y gobernador de las tierras descubiertas; 3) Derecho de percibir la décima parte de todas las riquezas y mercancías obtenidas en la empresa; 4) Autoridad para intervenir y decidir sobre los problemas en cuestiones de riqueza, y 5) Derecho a contribuir –sin preguntar a nadie– con la octava parte de los gastos de cualquier expedición, a cambio de recibir una proporción similar de los beneficios obtenidos.

En 1493, después del regreso de Cristóbal Colón a España para dar cuenta de lo hallado, Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón de inmediato mandaron un embajador a Roma para entrevistarse con el Pontífice Alejandro VI de Borgia, a fin de obtener bulas papales (documento sellado con plomo sobre asuntos políticos o religiosos), las del 3 y 4 de mayo de 1493: la primera les concedía a los reyes en donación eterna, a perpetuidad, lo descubierto por Colón; la segunda, dividía al mundo en dos porciones con una línea imaginaria de polo a polo, una para los portugueses y la otra para los españoles.

Fernández Sotelo dijo que el sistema de capitulaciones, que tiene su origen en la Edad Media, fue utilizado por todos los descubridores que siguieron a Colón para establecer contratos con los reyes españoles y recuperar lo invertido en las expediciones.

“La capitulación de Cristóbal Colón dio origen a muchos pleitos, incluso 70 años después de su muerte sus herederos estuvieron en los tribunales contra la Corona Española para hacer valer la capitulación.”

Con motivo del quinto centenario de la llegada de Hernán Cortés a Veracruz, se debe entender que el sistema de capitulaciones dio origen –de manera directa o indirecta– a las instituciones jurídicas de la Nueva España y en general de América.

Hernán Cortés celebró capitulaciones con Diego Velázquez (gobernante de Cuba), las cuales le permitían explorar y comerciar en la costa para regresar después a la isla, pero rompió el acuerdo y escapó junto con una hueste que había organizado. Al llegar a Veracruz fundó el ayuntamiento, con ello la villa y el cabildo; una vez constituido, el primer acuerdo tomado fue que avanzara a Tenochtitlan para continuar la investigación.

“Hizo toda esta faramalla porque tenía la formación jurídica y sabía que haciendo esto evitaría todas las acusaciones que le haría Diego Velázquez y los herederos de Colón ante la Corte.”

Diferencia entre España e Inglaterra

Rafael Fernández dijo que hubo una gran diferencia entre la colonización española y la colonización inglesa en América. La política oficial inglesa tenía por objetivo exterminar a los indios, mientras que la española fue la de proteger y salvarlos, aunque para la Corona fue muy difícil poder controlar a los encomenderos.

Reiteró que la postura de los reyes españoles –desde que llegaron a América– fue estar en contra de la esclavitud de los indios, nunca la favoreció, incluso Isabel La Católica estableció una cláusula en su testamento en la que pedía al rey (su esposo) que garantizara el buen trato a los indios y que acabara con los abusos de los encomenderos.

Destacó que la figura jurídica de los indígenas fue la de miserables, aunque en la actualidad esta palabra tiene una connotación diferente; para el siglo XV, esta palabra proveniente del latín significaba seres dignos de misericordia.

“Hubo mucha gente defendiendo a los indígenas ante la Corte; además, toda la documentación oficial de la Corona siempre fue en pro de su protección. Lamentablemente el control de los reyes no llegó a todos los rincones de América, por lo que hubo muchos abusos, pero la postura oficial fue luchar contra los abusos.”

Paola Cortés Pérez / Prensa UV