Pedirá Congreso que la SCJN resuelva, ya que aún está en análisis la acción de inconstitucionalidad, promovida por la CNDH en contra del artículo 4° de la Carta Magna local
Se defenderá la legalidad y la soberanía del Poder Legislativo del Estado, ya que se considera que la determinación del Juzgado Décimo Octavo de Distrito es recurrible
En relación a la sentencia del Juzgado Décimo Octavo de Distrito en el Estado, sobre la Segunda Alerta de Género por Agravio Comparado, decretada para Veracruz, la LXIV Legislatura anuncia que recurrirá al recurso de revisión y pedirá la facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que el máximo órgano de justicia del país aún tiene en análisis la acción de inconstitucionalidad, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en contra del artículo 4° de la Constitución Política del Estado sobre la protección a la vida, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural.
En este sentido, informamos a la opinión pública, que con la interposición del recurso de revisión en ningún momento nos estamos oponiendo a la reforma a los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del Estado de Veracruz -solicitado por algunos colectivos-, sino que con base en el principio de legalidad y con fundamento en las facultades que la ley reconoce expresamente a de cada una de las autoridades involucradas en el tema, apelamos a la defensa de la soberanía y atribuciones que tiene este Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Por otra parte, descartamos la existencia de una omisión legislativa, ya que debemos recordar, que la SCJN aún tiene en revisión la acción de inconstitucionalidad referida, en contra del artículo 4° de la Constitución Política del Estado de Veracruz.
En la LXIV Legislatura siempre actuaremos con estricto apego a legalidad; consideramos que la Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado, emitida por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM), es una herramienta jurídico-administrativa que coadyuva en la garantía de los derechos humanos, pero que no hace las veces de una norma jurídica frente a todos, por medio de la cual deba pasarse por alto, la división de poderes, ni nuestra normativa interna e incurrir en actos contrarios a la ley.