Coatzacoalcos, Ver.- El cabildo de Coatzacoalcos aprobó por unanimidad que la elección extraordinaria para la renovación de la agencia municipal de Villa Allende se lleve a cabo el 22 de julio, como lo ordenó el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV).
Durante la vigésimo novena sesión extraordinaria, los ediles decidieron acatar la sentencia emitida el 4 de julio por el órgano jurisdiccional, lo que valió la felicitación de parte de la regidora Keren Prot Vázquez luego de los ediles del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) aplazaron el proceso durante varias semanas.
“Felicitar a todo el cabildo porque ahora sí ya vamos a acatar la decisión que está tomando el tribunal, en este caso considero que es lo más viable para ya no meternos en otro embrollo de carácter jurídico”, expresó.
Sin embargo, el regidor Ángel Raúl Estrada Bernal intentó retardar aún más esta situación con otra sesión en virtud de que el orden del día establecía que este jueves se votaría la decisión de celebrar la elección el 29 de julio, ya que la notificación del TEV llegó alrededor de la una de la tarde.
“Perdón pero aquí en la orden del día que se presentó e imagino que se presentó a los medios y a todo el mundo señala claramente que la fecha para las elecciones quedaría el 29 de julio, si estamos hablando de otra cosa va a ser otra sesión diferente. Aquí en este caso se trata de aprobar si va a ser el 29 o no va a ser el 29, aunque haya llegado una orden del tribunal que para mí considero es más importante el Congreso que el tribunal”, manifestó.
También el regidor de Morena, Francisco Zamudio Martínez, mostró renuencia y fue hasta que uno de los asesores legales de la sindicatura recomendó al cabildo acatar la sentencia y fue de esa forma que por unanimidad fue aprobada la fecha de 22 julio para la elección extraordinaria en Villa Allende.
Durante la sesión también fue avalado el pago de 951 mil 962.88 pesos a Samuel Muñoz Rivas derivado de la sentencia 43/2016 emitida por el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa derivado del juicio contencioso administrativo 219/2013 y del amparo indirecto 1267/2017 relativo al pago pendiente por trabajos de construcción en años anteriores.
Armando Ramos/Avc