La reestructuración de la deuda pública podría ser un nuevo y escandaloso revés al gobierno de Miguel Ángel Yunes, poniendo en evidencia además, no sólo la ignorancia de algunos diputados locales sino también el juego de intereses que se esconde tras la aprobación del polémico decreto.

En varios sectores políticos y jurídicos empieza a rondar una duda razonable: ¿es ilegal la reestructuración de la deuda? Mucho aseguran que sí. Veamos.

El pasado viernes 17 de marzo, luego de que tres días antes lo había votado en contra, el Pleno del Congreso local declaró aprobado el Dictamen que autoriza al gobierno estatal “contratar, refinanciar o reestructurar, con cualquier institución financiera del sistema financiero mexicano, o con los tenedores de las emisiones bursátiles, uno o varios créditos, hasta por el monto, el destino, plazos, términos, y condiciones para que afecte como fuente y garantía de pago las participaciones o aportaciones federales que correspondan al Estado, y para celebrar o modificar los fideicomisos de administración y pago como mecanismo de pago o garantía de los créditos que se contraten”.

Según la Gaceta Legislativa de esa fecha, “el refinanciamiento será por la cantidad de 46 mil millones de pesos o por el monto total de los saldos pendientes de cubrir al momento de suscribir los contratos respectivos, respecto de los financiamientos inscritos en el Registro Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios que tienen como deudor obligado al Gobierno del Estado.”

Y sí, en efecto, la Constitución local (artículo 29) prevé que el Congreso puede reunirse en sesión extraordinaria o convocatoria de la diputación permanente o a petición del Gobernador, ocupándose exclusivamente de asuntos que se califiquen de urgentes, como lo fue el caso de la reestructuración de la deuda.

Sin embargo, la razón de fondo que se discute respecto de la legalidad del decreto aprobado es la observancia del proceso legislativo.

Según la misma Constitución (artículo 37), desechada alguna iniciativa de ley o decreto –como fue el caso en la sesión del martes 14 de marzo-, “no podrá ser propuesta de nuevo en el mismo período de sesiones, pero esto no impedirá que alguno de sus artículos formen parte de otra. Esta disposición no regirá tratándose de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos.” La ley Orgánica del Poder Legislativo, en su artículo 51, hace una copia fiel de esta misma disposición.

En el mismo sentido, el Reglamento para el gobierno interior del Poder Legislativo (Art. 127, de la votación de los dictámenes) determina que “de no aprobarse un dictamen en lo general, la asamblea decidirá, en votación económica, si se devuelve el proyecto a la comisión dictaminadora para que lo modifique o si la iniciativa contenida en el dictamen se tiene por desechada.” Según la votación del día 14, el dictamen fue desechado.

Además, establece que un decreto “es toda disposición de carácter concreto. Toda reforma, adición o derogación de artículos de una ley, recibe el nombre de decreto”. En este caso, el dictamen tampoco refiere de qué Ley se trata, para aludir al caso de excepción que señalan tanto la Constitución como la Ley Orgánica.

Entonces el alegato consistiría en que si se trató de la misma iniciativa –la cual no podía ser presentada nuevamente en el mismo periodo- o si el Ejecutivo presentó una diferente, a fin de eludir las disposiciones arriba mencionadas. Para responder a esta duda, la propia Gaceta Legislativa del 17 de marzo nos da luz en su cuerpo de consideraciones:

Que, teniendo como antecedente que el 23 de enero del 2017 el C. Gobernador del Estado presentó por primera vez a este H. Congreso del Estado una iniciativa por la que se solicitaba autorización para llevar a cabo la reestructura o el refinanciamiento de la deuda pública del Estado, originalmente por un monto de hasta 42 mil millones de pesos, y que ese documento fue enriquecido con las observaciones de los ciudadanos diputados; asimismo, producto de esas observaciones y nuevas incorporaciones al proyecto de decreto, el 14 de marzo de los corrientes se presentó un dictamen que contemplaba la reestructura de 46 mil millones de pesos que, por no reunir el quorum requerido por la ley, no fue aprobado.

Que, ahora el Ejecutivo del estado valora la necesidad de presentar una nueva iniciativa que “conserve en esencia los mismos contenidos de la petición original”, y se agrega información en cumplimiento de la transparencia y acceso a la información pública que establece la ley de la materia, de modo que se pueda conocer con puntualidad los resultados de las operaciones que se efectúen, sino también los avances en su contratación, esto último descrito en el artículo tercero transitorio del presente dictamen.

Es decir, se trata de la misma gata pero revolcada. Las consideraciones hechas sobre de que se presentó un dictamen que NO fue aprobado; y que se presenta una nueva iniciativa que “conserva en esencia los mismos contenidos de la petición original” -aún  cuando el montó pasó de 42 a 46 mil millones de pesos-, podrían ser los argumentos jurídicos para demostrar que se trató de una treta legislativa para retractarse de lo que se votó en contra tres días antes.

Considerando que la acción de inconstitucionalidad tiene por objeto determinar si una disposición de legislación ordinaria, ya sea federal o local, es contraria a alguna disposición constitucional, entonces sí habría lugar a impugnar la legalidad del decreto aprobado por el Congreso local el viernes 17 de marzo.

Ayer el diputado federal Cuitláhuac García dijo precisamente que Morena analiza promover una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia por este asunto. Las razones que esgrime el legislador son de carácter político y económico –donde acusa que hay un negocio de más de mil millones de pesos atrás de la reestructura-, pero nunca del procedimiento legislativo. Y es ahí donde está la clave.

Las del estribo…

  1. La CEAPP busca reabrir las investigaciones sobre los homicidios de periodistas, confirmando lo que aquí se ha dicho: si ese es su trabajo, entonces la Comisión requiere de excelentes abogados penalistas y no de periodistas. En su afán por sobrevivir, siguen demostrando que no son necesarios.
  2. La tibia respuesta de la diócesis de Veracruz y algunos sacerdotes a los señalamientos hechos por el padre Solalinde sobre su presunta complicidad en el tema de desaparecidos, sólo confirma que el candidato al Nobel tiene razón.