Por Gerónimo Rosete Pozos

En especial este fin de año, entre los trabajadores al servicio del estado y pensionados jubilados, se respira un aire de desconfianza respecto al pago de su aguinaldo así como de otras prestaciones laborales a que tienen derecho de acuerdo a la Ley.

Podría decirse que es de entenderse pues con lo mucho que se ha difundido el concepto de deuda en la segunda mitad del 2015 cualquier sospecha encuentra terreno fértil para crecer.

Al interior de algunas dependencias del Ejecutivo y de los otros dos poderes del estado corren rumores en el sentido de que el aguinaldo se pagará hasta el año que entra (enero del 2016) que no habrá necesidad de guardias y que todos (base, contrato, confianza, sindicalizados) tendrán su periodo oficial y no serán molestados para nada, con lo que pretenden atenuar la inconformidad por el retraso del pago de aguinaldo.

Hasta hoy se trata solamente de comentarios entre trabajadores pues los encargados del billete dicen que si habrá para todos en tiempo y forma. Y es que se ha dado el caso en ocasiones anteriores, sin ir tan lejos el año pasado que muchos burócratas recibieron el aguinaldo con muchos días de retraso; si ustedes pasaron por esa penosa situación no me dejarán mentir, un servidor conoció de cerca esas amarguras junto con compañeros de distintas dependencias.

Según la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) Todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros, tienen derecho al aguinaldo; incluso los que tienen menos de un año en su puesto de trabajo. En el caso de los que trabajan por honorarios (que hay muchos en el gobierno) pueden acceder a dicha prestación si existe una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón y obligatoriamente cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas; o bien reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento; así que trabajar como freelance no es pretexto para omitir el pago de aguinaldo. Incluso los empleados de confianza, que sobran en la burocracia, pues la figura legal permite que puedan ser removidos y estar a la orden del jefe cuando sea, también tienen derecho al aguinaldo según la PROFEDET ya que todas aquellas personas que presten un servicio personal subordinado para una persona física o moral deben recibirlo.

Aquí le comparto otros datos para que vaya haciendo cuentas, o sueños guajiros si usted es empleado de gobierno; el monto mínimo del aguinaldo equivale a 15 días de salario, pero para los trabajadores que tengan menos de un año en su puesto se les asigna una cifra proporcional. Y lo más importante, estipulado en la ley, el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores independientemente de las demás prestaciones.

El patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe; deberá ser pagado antes del 20 de diciembre. Y que no vengan con el cuento de que eso es para la iniciativa privada pues “el aguinaldo aplica para los Trabajadores al Servicio del Estado (poderes ejecutivo, legislativo, judicial y Gobierno del Distrito Federal)” según PROFEDET. Y para que sigan los sueños guajiros, la cantidad mínima que se otorga a los trabajadores al servicio del estado que hayan cumplido un año en su labor es de 40 días de salario (prácticamente dos quincenas).

El referente para todos los apuntes anteriores es una entidad federal, en el caso de Veracruz existe la Procuraduría de la Defensa del Trabajo que pertenece a la Secretaría de Trabajo, Previsión Social y Productividad donde seguramente encontrará las mismas determinaciones legales, pues el esquema de pago y asignación del aguinaldo es prácticamente el mismo en el ámbito federal y estatal.

Un servidor desea de corazón que le caiga esa lanita que muchos programan para saldar deudas, los regalos para los hijos, ropa, una cenita navideña familiar, terminar la casa; en otros sectores pues lo usarán para estrenar nariz, boobies, plancharse arrugas en sus partes donde pegue el sol, un viaje, coche nuevo y lo que se antoje.

Y como el texto de hoy está lleno de sueños guajiros, imagine que todos los burócratas demandaran al gobierno por pago tardío de aguinaldo y que se castigara al patrón. No, no será posible, eso sería como un cuento de navidad e una entidad distinta a la nuestra.Escriba a mrossete@nullyahoo.com.mxformatosiete@nullgmail.com www.formato7.com/columnistas