Entre otras muchas cosas, las leyes y las normas son instrumentos que sirven para regular las relaciones de trabajo de quienes laboran para la administración estatal.

Para ser servidor público en Veracruz se deben varios requerimientos, y éstos se van haciendo más exigentes a medida que se eleva la importancia del puesto.

Pero esas condicionantes muchas veces no cumplen cabalmente su fin, porque terminan haciendo honor al trámite, aunque vayan en contra de la realidad.

Pongo un ejemplo: para ser titular de alguna dependencia del Gobierno del Estado, nuestra Carta Magna estatal prevé que el ciudadano deba tener un título profesional

Dice expresamente -y con su deplorable redacción legaloide- la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave:

“Los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública deberán ser veracruzanos y contar con título profesional expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello, y cumplir con los demás requisitos que establezca la ley”.

Ajá. Se necesita un “título profesional”, que haya sido “expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello”. Con esto, nuestros diputados constitucionalistas seguramente quisieron decir que secretarios y directores generales deben tener un grado universitario y una cédula profesional otorgada por la SEP.

Bueno, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo repite lo mismo, aunque le agrega que debe “tener un modo honesto de vivir” (si lo tiene, ¿como para qué querría entonces alguien un puesto adicional?, o en todo caso: ¿ser desempleado es causal para que no se pueda ser miembro del gabinete?). Y le encima también que no debe tener antecedentes penales.

En todo caso, esa exigencia de presentar un título profesional va con la necesidad de confirmar que quien estará al frente de una dependencia gubernamental tenga los conocimientos necesarios para desempeñar el puesto. Y aquí es donde el trámite suplanta a la realidad, porque hay muchos casos de individuos que van y compran un título en alguna universidad patito dedicada al negocio de inventar carreras profesionales, e incluso consiguen con ese documento -falso de toda falsedad, pero elaborado dentro de los límites de la legalidad- que les otorguen una cédula profesional.

Así como hay licenciados sin título (es decir, personas que se han preparado de manera autodidacta y han llegado a ser considerados como expertos en un área determinada), pululan muchos títulos sin licenciado, que son papeles que certifican un conocimiento que no tiene el acreditado.

Ante este estado de cosas, yo me pregunto: ¿por qué no se establece en la Constitución local y en La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo que quienes ostenten un título profesional deban presentar adicionalmente un examen de conocimientos y habilidades que esté de acuerdo con el área de su responsabilidad?

Mediante ese instrumento, los aspirantes demostrarían fehacientemente que cuentan con la preparación y la capacidad necesarias para desempeñar su cargo; que llenan el perfil.

De esta manera, nos evitaríamos muchos problemas con ciertos ignorantes que llegan a puestos de alta responsabilidad amparados en papeles falsos, aunque legales.

Y también dejaríamos de lamentar el hecho de que muchos llegan a donde no se merecen por la vía de la negociación política, y que por eso mismo sólo alcanzan a hacer burradas.

Ejemplos sobran…

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