Por reincidir en conductas contrarias a la ley de la materia, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) ordenó la apertura de procedimientos de sanción que corresponda, en contra del encargado de la Unidad de Transparencia y un analista jurídico de la Coordinación General de Comunicación Social (CGCS) del Gobierno del Estado de Veracruz.

Dentro de los expedientes IVAI-REV/2356/2017/I, IVAI-REV/2358/2017/III e IVAI-REV/2445/2017/III, resueltos en la Sesión Pública de hoy, el órgano garante observó la reincidencia en conductas sobre las que ya se había llamado la atención en los recursos de revisión IVAI-REV/869/2017/I, IVAI-REV/908/2017/III, IVAI-REV/1358/2017/I, REV/1795/2017/III, IVAI-REV/2133/2017/II, IVAI-REV/2134/2017/III, IVAI-REV/2135/2017/I, IVAI-REV/2136/2017/II, IVAI-REV/2137/2017/III, IVAI-REV/2138/2017/I, IVAI-REV/2139/2017/II, IVAI-REV/2140/2017/III, IVAI-REV/2141/2017/I e IVAI-REV/2357/2017/I.

En estos asuntos, el IVAI instó al titular de la Unidad de Transparencia para que –según el caso– realizara el trámite interno ante todas y cada una de las áreas que pudieran contar con la información; en futuras ocasiones, al documentar la prórroga, se expresaran de manera fundada y motivada las razones, mismas que debían ser aprobadas por el Comité de Transparencia; se condujera con diligencia en el desempeño de sus funciones y enviara los documentos que avalaran la ampliación de los términos para dar respuesta a las peticiones; previo a dejar como suplencia de sus funciones a un servidor público, se cerciorase de que la persona se encuentra capacitada para desempeñar el encargo que momentáneamente se le confiere.

Respecto al analista jurídico, este se encuentra adscrito a la Unidad de Transparencia de la CGCS y está supeditado a las órdenes del encardado de dicha área; fue quien hizo saber al peticionario sobre la prórroga en algunos de los asuntos y respondió directamente a las correspondientes solicitudes de información.

Conforme al criterio 1/2016 del IVAI, se puede tener por cumplida una solicitud cuando sea entregada por un subordinado del titular del área competente; sin embargo, en el caso esta situación no aplica, pues las unidades de transparencia no están facultadas para dar respuesta, –solo son encargadas de la recepción y trámite de las peticiones– ya que no cuentan con la atribución de tener conocimiento, poseer o resguardar lo solicitado, a menos que se relacione con las funciones que les hayan sido conferidas.

Además, no se adjuntó la correspondencia interna con la que se acredite que se requirió la información a las áreas que sí eran competentes. Por lo que, el Instituto determinó que tanto el analista jurídico como el encargado de la Unidad de Transparencia incumplieron en proporcionar una respuesta con base en la tramitación completa y exhaustiva.

En otros temas, dentro del expediente IVAI-REV/2349/2017/III, los comisionados Yolli García Alvarez, José Rubén Mendoza Hernández y Arturo Mariscal Rodríguez ordenaron a la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) que realice una búsqueda exhaustiva de información relacionada con la instalación de 6,476 videocámaras de vigilancia que, a decir del solicitante, el gobernador del estado de Veracruz anunció el pasado 22 de octubre.

Lo requerido consistió en conocer: empresa a la que se le comprarán las videocámaras y su representante legal; precio pactado para la compra de las cámaras por unidad; empresa fabricante; programa de adquisiciones respectivo; compromiso de entrega de las videocámaras; programa para su instalación, así como instancia encargada de la misma y de su conexión a los centros de control, señalando su representante legal; empresa a la que se comprará el programa de computación para la instalación y representante legal.

Asimismo, el proceso de licitación mediante el cual se adjudicó la compra a la empresa beneficiada y fecha de adjudicación; proceso de licitación mediante el cual se adjudicó la compra del programa de cómputo para la operación de las videocámaras y fecha de adjudicación; costo total del programa de instalación de las videocámaras; origen del recurso con el que se pagará el programa; rubro presupuestal en el que se inscribe el programa de instalación de las videocámaras, fecha en el que se aprobó el proyecto de instalación e instancia que lo realizó.

En un inicio, la Sefiplan respondió a la solicitud diciendo que no era de su competencia e informó que quien podría contar con lo requerido sería la Secretaría de Seguridad Pública (SSP). Sin embargo, los comisionados identificaron, por un lado, que no acreditó haber realizado las gestiones internas para la localización de la información.

Aunado a ello, el IVAI realizó diligencia de inspección al portal de transparencia de Sefiplan y observó que su Manual de Organización señala funciones relacionadas con el pago de servicios que utilicen las dependencias y entidades del Gobierno del Estado; por lo que se concluyó que estaba en aptitud de atender el requerimiento de información, no obstante que esta pudiera ser generada por la SSP, pues tienen competencia concurrente. De no contar con lo solicitado, el Comité de Transparencia deberá declarar su inexistencia.

En la sesión pública de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales resolvió 80 recursos de revisión emitiendo un total de 71 sentencias.

Avc