Hasta el día de hoy los juzgados federales del país han recibido alrededor de 650 amparos ciudadanos en contra de la Ley de Seguridad Interior (LSI), los cuales ya son analizados por los jueces para determinar su procedencia.

En un rastreo realizado por Excélsior se detectó que en un juzgado localizado en Tijuana, Baja California, ya fue admitida una demanda de amparo promovida por Antonio Limón contra todo el contenido de la LSI.

Sin embargo, la jueza Blanca Evelia Parra Meza determinó no conceder la suspensión provisional contra la legislación y ordenó al Congreso de la Unión, así como al Ejecutivo Federal, enviar un informe sobre la ley antes del 31 de enero.

En dicha documentación, las autoridades deben “manifestar categóricamente” si son o no ciertos los actos reclamados por Antonio Limón.

Parra Meza también agendó para el próximo 15 de febrero, a las 11:00 horas, la celebración de la audiencia constitucional en la que deberán desahogarse pruebas sobre la presunta violación de derechos humanos que, a decir del demandante, ocasiones la LSI.

Tutoriales

Como pasó en casos como el gasolinazo o las fotomultas, ahora la Ley de Seguridad Interior ha sido motivo para que en internet y redes sociales haya tutoriales con el objetivo de que cualquier ciudadano pueda redactar y presentar su propio amparo.

La facilidad para seguir las instrucciones proporcionadas por abogados activistas en Twitter, Facebook y YouTube ha dado como resultado que las solicitudes se hayan multiplicado desde que la disposición fue promulgada en diciembre pasado.

Por ejemplo, en YouTube hay un video titulado Amparo contra LSI en el que, paso a paso y en 2:50 minutos, se explica la forma en que se debe llenar la demanda de amparo contra la Ley de Seguridad Interior y dónde se ingresa, en este caso, en el estado de Jalisco.

Agrupaciones de abogados también se han organizado para que en plazas públicas de estados como Sinaloa, Guerrero, Jalisco, Oaxaca y la Ciudad de México se instalen módulos para armar amparos masivos y presentarlos ante un juzgado federal.

En páginas de internet también hay formatos de amparos para descargar y rellenar, para mayores y menores de edad, así como para mexicanos que viven en el extranjero, en los que se advierte que la fecha límite para presentarlos es el 6 de febrero. Algunos no han prosperado.

Rutas

El Consejo de la Judicatura Federal, como lo hizo en casos como las reformas laboral, energética y educativa, podría emitir un acuerdo para determinar qué juzgados del país sean los que conozcan y resuelvan los juicios de amparo promovidos en contra de la Ley de Seguridad Interior.

De no ser este el caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación también podría emitir un acuerdo que detenga todos los amparos sobre este tema hasta que defina la constitucionalidad o no de la legislación.

Impugnan

Hasta este miércoles, al interior del máximo tribunal del país hay un total de nueve impugnaciones a la Ley de Seguridad Interior. Cuatro son controversias constitucionales presentadas por el municipio de Cholula, Puebla, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca y el municipio de Hidalgo del Parral, Chihuahua.

Mientras que cinco son acciones de inconstitucionalidad impulsadas por la Cámara de Diputados, el Senado de la República, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el INAI y la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro.

El martes la Corte desechó, por notoriamente improcedente, la acción de inconstitucionalidad que promovió el Partido Movimiento Ciudadano para impugnar la Ley de Seguridad Interior.

Diferencias

Las tres figuras legales que enfrenta la LSI, según la instancia que la presenta:

Amparo.  Tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite por normas generales, actos u omisiones de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

Acción de Inconstitucionalidad.  Es un instrumento por el que se denuncia la posible contradicción entre la Constitución y alguna norma o disposición de carácter general de menor jerarquía. Deben presentarse dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma.

Si la Corte declara que una norma es contraria a la Constitución, ésta no podrá volver a tener vigencia ni aplicársele a persona alguna.

Controversia Constitucional.  Es un juicio que se promueve ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)para resolver los conflictos que surjan entre poderes federales, poderes de los estados, órganos de gobierno de la Ciudad de México, o entre los órdenes de gobierno federal, estatal, municipal o de la Ciudad de México, por invasión de competencias o por cualquier tipo de violación a la Constitución Federal, por parte de los órganos señalados.

Con información de Excélsior