“Dolor de uno, dolor de todos”

 

Si un erudito, estudioso del derecho comparado, se asomara a la legislación electoral, manifestaría en éxtasis de admiración su asombro al comprobar la serie de instancias que rodean a la calificación; además de la prueba testimonial, tres tribunales intervienen de oficio y otro más a solicitud de parte agraviada.

En efecto, el día de la elección los partidos políticos contendientes tienen el derecho, que en la medida de su organización lo ejercen, de acreditar hasta tres representantes en cada casilla electoral cuando se trata de renovar las cámaras de diputados y  hasta seis cuando se trata de la renovación total de Poderes Federales o gobernador. Tomando en cuenta que en cada elección se implementan cientos y miles de secciones electorales se llega al matemático resultado de que, cada partido registrado tiene el derecho de acreditar miles en la renovación total.

 Adicionalmente, ya en el camino de las multiplicaciones, conviene recordar que existen en Veracruz diez partidos registrados (aunque algunos ya perdieron su registro), adversarios algunos y otros aliados con el PRI; por lo tanto, la oposición tiene el derecho a destacar un ejército humano integrado por decenas de ciudadanos en la elección de diputados y miles para gobernador cuya función, según la ley vigente, es dar fe sobre el proceso de la votación, y acumular protestas para dejar constancia escrita sobre las violaciones a los ordenamientos de la ley.

Terminada la elección, las Actas de Escrutinio son entregadas a un tribunal denominado Comité Distrital Electoral; el domingo siguiente a la elección este tribunal se reúne para proceder al cómputo de los votos emitidos en el distrito para cada uno de los candidatos postulados por los diez partidos registrados. Éstos, tienen derecho, que normalmente no ejercitan por tedioso y por ineficaz, a solicitar el reconteo exhaustivo, uno por uno, de los votos contenidos en los paquetes electorales (ya lo han ejercido). Realizado  el conteo, este tribunal expide constancia de mayoría que acredita al victorioso como gobernador  o diputado electo. Los perdedores, por rencor, le llaman presunto.

Sobre este tribunal hay otro denominado Organismo Público Local Electoral (OPLE), instancia legal para la protesta contra violaciones a la ley cometidas por el Comité Distrital; su jurisdicción cubre el Estado. Si los Comités Distritales violan la ley, este Organismo interviene, a solicitud de los partidos registrados para promover investigaciones o corregir atropellos.

Sobre estos dos tribunales  -Distrital y Local- hay otro denominado Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEV); corresponde a este Tribunal, el máximo en el proceso, corregir desviaciones, deshacer entuertos, promover e impartir justicia electoral. También examina los dictámenes o constancias emitidos por los dos menores y, a su vez, previo examen, emite una opinión sobre la legalidad del cómputo; esta opinión pasa a otro tribunal, el cuarto en la cadena aparentemente interminable, denominado Tribunal Federal  Electoral, encargado de resolver controversias en materia electoral; es el destinatario final de los paquetes electorales, dictámenes, opiniones, protestas, y resumen de la discusión; como en los eslabones anteriores, el TRIFE tiene derecho, y obligación a petición de parte, a recontar  -uno por uno-  los votos emitidos.

 Integrado este Tribunal viene un maratón de oratoria que recuerda las viejas películas, o las series de televisión sobre el tema inagotable del jurado como instrumento y recurso para el juicio en  conciencia  que declara culpable o inocente al acusado. La decisión de este Tribunal, por fin, es inapelable o inatacable.

 Adicionalmente, a estas cuatro instancias ligadas en vigorosa cadena  -Comité Distrital, OPLE, TEV y TRIFE-  los partidos políticos registrados pueden solicitar de la Suprema Corte de Justicia, máximo tribunal que en el derecho reúne la majestad de la instancia final contra autoridades menores o mayores, para investigar las violaciones denunciadas por los partidos políticos durante el proceso de la elección.

 Después de comprobar en la lectura cuidadosa de la ley la existencia real de cinco tribunales, cinco instancias, cinco alternativas, cinco cuerpos colegiados que masajean constancias, opiniones, dictámenes, protestas, discusiones, regaños, cinco escalones para que la justicia brille en el vértice final, el investigador erudito quedará aniquilado por el rayo del asombro al comprobar que a pesar de las cinco cribas, tribunales, instancias, alternativas, cuerpos colegiados, protestas, discusiones, rencores durante más de ochenta años, el poder se cuarteó, se tambaleó y tuvo que aceptar  la alternancia , para que quedara en las manos de una coalición entre dos partidos que terminaron con la más cerrada, sombría, violenta y compulsiva dictadura perfecta que asoló, sobre todo, en los dos últimos sexenios, con rabia inaudita.

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